"La posibilidad de que ciudadanos cubanos con negocios en Hialeah, New Jersey, Madrid, Roma o Estocolmo, se dediquen a realizar inversiones en Cuba me produce risa..."
Elías Amor Bravo
En una extensa entrevista en
Cuba debate, cuya lectura recomiendo, la directora de inversión extranjera
castrista, Débora Rivas ofrece argumentos para justificar la afirmación de su
ministro Malmierca hace unos días según la cual “con la nueva ley 118, los
cubanos residentes en el exterior pueden invertir en Cuba”. Según criterio de
la directora, no existe limitación alguna para hacerlo, salvo el cumplimiento
de la ley y la adecuación del proyecto a las prioridades del régimen. Casi
nada.
La inversión extranjera es un
asunto delicado. No está para titulares ni propaganda castrista al uso. Ahora
el régimen se vuelca con los cubanos residentes en el exterior para que
inviertan en la isla. ¿Tendrán éxito? Lo dudo.
La posibilidad de que
ciudadanos cubanos con negocios en Hialeah, New Jersey, Madrid, Roma o
Estocolmo, se dediquen a realizar inversiones en Cuba me produce risa. Sin
embargo, lo peor de todo, y lo que no deja de ser lamentable, es que la propia
ley que regula todo esto califica a ese cubano, nacido en Santiago de las
Vegas, en Jatibonico o San Juan y Martínez, como “extranjero” por el mero hecho
de que así lo hayan establecido.
Para el régimen castrista
“es inversionista extranjero la persona natural o jurídica, con domicilio y
capital en el extranjero, que participa como accionista en una empresa mixta o
participe en una empresa de capital totalmente extranjero o figure como parte
de un contrato de asociación económica internacional”. Así, cualquiera. Ni se
especifica la ciudadanía o el origen del inversor, aunque para la ley debe
quedar claro que su domicilio y capital están fuera de Cuba. Lógico. ¿Cabría
cualquier otra cosa? Evidentemente, no.
Es decir, el cubano
nativo, residiendo en el extranjero, que piense invertir en Cuba ya sabe que lo
hará como extranjero en su propio país. Una vergüenza, ¿no les
parece? En España, cuando un español residente en Alemania o Francia invierte
en un negocio en España, aun cuando mantenga su hacienda en aquellos países,
crea una empresa española en su país de origen y en España es español. Por
ejemplo, los españoles que emigraron a Cuba a comienzos de siglo XX ganaron
dinero y volvieron como “indianos”, obsequiando con esas viviendas formidables
que edificaron en la costa del Garraf o en Asturias, siempre fueron españoles
en su tierra, aunque muchos se hicieron cubanos por la Ley Grau del 50%.
Así que el régimen
castrista ha ideado una fórmula para atraer la inversión de cubanos
“extranjeros”, calificándolos como “no residentes permanentes en Cuba”, cuyo
capital y sus negocios radican fuera del país, de modo que la financiación
necesaria para su proyecto no se va a encontrar en la isla, sino que tendrá que
venir de fuera. Ni doble nacionalidad, ni garantías jurídicas para los cubanos
que residen en el extranjero a ser tratados como cubanos. Algo inaudito en el
mundo.
Las condiciones que
establece la Ley castrista de inversiones extranjeras así como su Reglamento,
el Decreto 325 de 2014 y el resto de las normas complementarias, son
una vergüenza y una afrenta para los nacidos en Cuba, cuando les pase
por la cabeza la idea de invertir en su tierra. Que sepan que el régimen
comunista nunca los considerará cubanos, y los verá igual que a los “pepes”
españoles, o los italianos de turno. Ciertamente, lamentable. Un escarnio.
Y luego viene la operación
a realizar. Estos cubanos que piensen invertir en Cuba han de saber que al
hacerlo, la única opción que se les permite es tener como socio al régimen
comunista que los expulsó del país a un oscuro y lamentable exilio, en el que,
sin embargo, con trabajo, esfuerzo y ahorro (lo que no tenían en Cuba) pudieron
reconstruir sus vidas.
Bueno, ahora el régimen
ha abierto el abanico y permite invertir en “personas naturales o jurídicas
cubanas que residen permanentemente en el país y que cuentan con inversiones
(TCP o cooperativas, fundamentalmente) y/o; aquellos cubanos que salen
temporalmente al exterior, ya sea a trabajar o de vacaciones, e ingresan
capital por esa vía y lo invierten en sus negocios aquí”. Un reducido número de
opciones y todo muy regulado y controlado. La cuestión es que nadie
podrá invertir libremente en un negocio de un trabajador por cuenta
propia (un paladar o una cafetería) o en la explotación de un agricultor
arrendatario no asociado a cooperativa, y mucho menos contratar libremente a
los trabajadores. Esto no se permite ni se permitirá.
Al invertir en Cuba, ese
cubano “extranjero” tiene que aceptar como socio principal al
castrismo, el mismo régimen político que lo obligó al exilio, y
además, asumir que ese socio va a controlar el 51% del negocio, sea cual sea la
fórmula que elija. Las numerosas instituciones del régimen creadas para captar
dinero foráneo se encargarán de recordar continuamente quién manda, por
ejemplo, obligando a invertir en aquellas políticas de interés público
establecidas en el país. El cubano “extranjero” que vaya a invertir en Cuba no
podrá hacerlo en lo que desee, sino en lo que le deje su socio
comunista a través de esa infumable “cartera de oportunidades de
negocios” que se ha venido publicando año a año desde el 2014, y que no se
vacía. Por algo será.
En concreto, ese
cubano no podrá invertir en la compra de viviendas, o en un pequeño
negocio franquiciado para que su familia salga adelante (no los podrá contratar
libremente), tampoco podrá hacerlo en educación o sanidad (está prohibido), en
el comercio al por mayor o en la compra de tierras para producir más alimentos.
No. Tendrá que hacer su inversión en lo que le diga el régimen, a saber
“producción eléctrica con fuentes renovables de energía, las industrias ligera,
agroalimentaria, farmacéutica y biotecnológica, la construcción, el turismo”,
en “525 proyectos priorizados por los comunistas”. Ya se sabe. Las autoridades
se muestran indulgentes y declaran que aceptan la propuesta de proyectos no
incluidos en la cartera, “pero siempre que se correspondan con las políticas
sectoriales aprobadas” es decir, olvídense de la libertad de empresa en Cuba.
Y luego en caso de que se
decidan a invertir, tómense su tiempo. La burocracia es
infernal. Se estima que 7 de cada 10 proyectos abandonan antes de llegar a
término porque no pueden soportar eso que llaman “análisis integral del
proyecto propuesto y el capital a desembolsar” basado en una “norma del
ministerio, la Resolución 207/2018, que explica cómo se presentan los estudios
de pre factibilidad que deben formar parte de la propuesta y expediente del
negocio”. Háganme caso, echen un vistazo a la norma y verán. Además, en Cuba no
hay dinero, así que el régimen espera que el inversor aporte el 100% de los
recursos financieros. Los bancos en la isla no podrán aportar ni un centavo.
En cuanto a las garantías al
inversor, la Ley 118 introduce algunas, pero una cosa es el papel y otra bien
distinta es el negocio y la actividad empresarial. En la economía cubana, por
desgracia, no existen muchos sectores que permitan abrigar expectativas
favorables para invertir a corto y medio plazo. Así que volvemos al principio,
para invertir en actividades ruinosas de poco recorrido, mejor quedarse en
casa.
Y finalmente, está
el tema de los bienes y activos confiscados. Los cubanos que
salieron rumbo al exilio, desarrollaron proyectos empresariales exitosos en los
países en que se establecieron y pueden invertir en Cuba ahora como
extranjeros, deben saber que si el régimen les ofrece hacerlo en bienes
confiscados a partir de 1959 a ciudadanos de EEUU, se les aplicará la Ley
LIBERTAD en los mismos términos que a cualquier otra entidad. El estado de la
economía castrista alcanza unas dimensiones tan lamentables que no sería
extraño que un inversor cubano “extranjero” pudiera acabar invirtiendo en
bienes de su propiedad, anteriores a 1959, sin llegar a tener reconocido la
titularidad del derecho de propiedad confiscado por el régimen comunista. De
verdad, pienso que si esto pudiera llegar a ocurrir, apaga y que el último en
salir cierre bien la puerta. Ya me entienden.
Un consejo a ese inversor
de origen cubano residentes en cualquier parte del mundo que quiera desarrollar
un proyecto en Cuba, como “extranjero”, que se lo piense dos veces.
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